Boletín diario RVS & CIA · 13 de septiembre de 2026
Dos fechas caen el mismo día esta semana y conviene tenerlas resueltas antes, no el mismo 17. Aquí lo que hay que decidir y cuándo.
Pago provisional de ISR, IVA y DIOT de agosto
El 17 de septiembre vence el pago provisional del Impuesto Sobre la Renta correspondiente a agosto, junto con el IVA y la Declaración Informativa de Operaciones con Terceros (DIOT). Aplica tanto a personas morales como a personas físicas con actividad empresarial. Si tu contabilidad de agosto todavía no está cerrada, este es el momento de pedir a tu despacho la cifra estimada para separar el efectivo. Pasada la fecha corren recargos de 2.07% mensual sobre el impuesto no pagado.
Qué significa para ti: si tu empresa (persona moral o física con actividad empresarial, cualquiera que sea el giro) todavía no tiene lista la información de agosto, pide hoy mismo el estimado de pago para no improvisar el jueves. (SAT, calendario de obligaciones fiscales; recargo de 2.07% mensual conforme a la Ley de Ingresos de la Federación 2026, cifra ya verificada por el despacho)
Cuotas obrero-patronales del IMSS de agosto
La misma fecha, 17 de septiembre, es el límite para pagar las cuotas obrero-patronales del IMSS correspondientes al periodo de agosto. Es una obligación separada de la fiscal, con su propio sistema (SUA) y su propio recargo si se atrasa. No se puede compensar contra un saldo a favor de impuestos federales.
Qué significa para ti: si tu empresa tiene personal inscrito ante el IMSS (planta operativa, administrativa o mixta), asegúrate de que el área de nómina generó y validó el archivo del SUA antes del día 17, porque el pago y el trámite fiscal compiten por el mismo flujo de caja esa semana. (IMSS, calendario de pago de cuotas)
Si quieres que revisemos juntos el flujo de esta semana antes de que lleguen las dos fechas, escríbenos o llama al despacho; con dos días de anticipación se evita cualquier sorpresa.
