
Boletín diario RVS & CIA · 9 de septiembre de 2026
Dos vencimientos de septiembre que ya corren: pagos de agosto el 17 y dictamen IMSS el 30 para empresas grandes.

Dos fechas concretas marcan esta quincena de septiembre: el cierre de las obligaciones de agosto y el plazo del dictamen ante el IMSS para empresas grandes. Si tu empresa cae en cualquiera de los dos supuestos, hoy es buen día para revisar el expediente con tu contador.
Pagos provisionales y DIOT de agosto vencen el 17 de septiembre
El Código Fiscal de la Federación fija el día 17 del mes siguiente como fecha límite para presentar los pagos provisionales o definitivos de ISR e IVA, el entero de retenciones de nómina y la Declaración Informativa de Operaciones con Terceros (DIOT) correspondientes a agosto. Este año el 17 cae en miércoles, sin recorrido de fecha. La DIOT tiene una tolerancia práctica hasta el último día hábil de septiembre sin sanción, pero el ISR y el IVA no la tienen: se pagan o generan recargos desde el día 18.
Si tu empresa vende, renta o presta servicios y factura de forma regular, el pago que corresponde a agosto se define y se enteran esta semana; no lo dejes para el último día hábil por el sexto dígito del RFC sin confirmarlo antes con tu contador. (Calendario fiscal SAT, con base en artículo 17-A del Código Fiscal de la Federación, según Carbajal Contadores, 2 de septiembre de 2026)
Dictamen IMSS 2026: 30 de septiembre para empresas con más de 300 trabajadores
Las empresas obligadas a dictaminarse ante el IMSS (por rebasar el umbral de trabajadores que marca la Ley del Seguro Social) tienen como fecha límite el 30 de septiembre para presentar el dictamen del ejercicio 2026. No es un trámite que se arme en una semana: requiere conciliar nóminas, cuotas obrero patronales y el SUA de todo el periodo.
Si tu nómina de planta operativa ha crecido y no estás seguro de si ya rebasaste el umbral que obliga a dictaminarte, pregúntanoslo esta semana, no la última de septiembre. (Calendario fiscal IMSS 2026, según Carbajal Contadores, 2 de septiembre de 2026)
Si quieres revisar tu situación específica frente a estas dos fechas, escríbenos o llama al despacho; lo vemos juntos antes de que el calendario decida por ti.
| 17 de septiembre | Pago provisional de ISR y pago definitivo de IVA de agosto · Personas morales y físicas con actividad empresarial, arrendamiento o servicios profesionales Entero de retenciones de ISR por sueldos y honorarios de agosto · Empresas con nómina o pagos a profesionales independientes |
| 30 de septiembre | Último día sin multa para presentar la DIOT de agosto · Personas morales obligadas a la Declaración Informativa de Operaciones con Terceros Presentación del Dictamen ante el IMSS del ejercicio 2026 · Empresas con más de 300 trabajadores |

